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Impuesto a sociedades

El impuesto anual a las personas jurídicas (Ley N° 9428). Se paga por estar inscrita en el Registro, aunque la sociedad no facture. Averiguá cuánto te toca según tu categoría.

Datos

¿Cómo se calcula?

El impuesto es un porcentaje del salario base (₡462.200 para 2026, sin cambios desde 2021). La categoría depende de si la sociedad está activa y, si lo está, de sus ingresos brutos declarados en renta.

Categoría% salario baseMonto 2026
Inactiva (sin actividad)15%₡69.330
Activa | ingresos bajos (menos de ₡55,46 M)25%₡115.550
Activa | ingresos medios (₡55,46 M – ₡129,42 M)30%₡138.660
Activa | ingresos altos (₡129,42 M o más)50%₡231.100

Los rangos en colones son aproximados: el límite real es 120 y 280 salarios base de ingresos brutos. El monto exacto de tu sociedad aparece ya calculado en TRIBU-CR / la Oficina Virtual de Hacienda.

1 Cuándo y dónde se paga

Se paga una vez al año, en enero: dentro de los 30 días naturales siguientes al 1° de enero, o sea a más tardar el 31 de enero (art. 4, Ley N° 9428). Si el 31 cae en día inhábil, el plazo se corre al siguiente día hábil: en 2026 venció el 2 de febrero. Se paga en TRIBU-CR o en ventanilla del BCR o BAC con solo dar la cédula jurídica. Una sociedad inactiva puede pagarlo sola, sin abogado ni contador. No pagarlo genera multas, intereses y puede llevar a la disolución por morosidad.

2 Sociedades nuevas y sociedades exoneradas

Primer año, proporcional. Esta calculadora da el monto de un año completo. Si la sociedad se constituyó durante el año, ese primer período se paga a prorrata: se toma el monto mínimo (₡69.330 en 2026, el tramo del 15%) y se cobra solo por los días que faltan hasta el 31 de diciembre desde que se inscribió la escritura. A partir del 1° de enero siguiente ya se paga el monto completo de la categoría.

Hay sociedades exoneradas (art. 16). Las micro y pequeñas empresas inscritas en el MEIC, y los pequeños y medianos productores agropecuarios inscritos en el MAG, están exentos si además están registrados como contribuyentes ante Hacienda; la exención rige desde el período siguiente al registro. Las cooperativas, asociaciones civiles, fundaciones y sociedades civiles no están sujetas a este impuesto.

3 El mito más caro

"Mi sociedad no factura, no debo nada" es falso. El impuesto se paga por estar inscrita, no por facturar. La sociedad inactiva más olvidada igual debe ₡69.330 cada enero.

Fuente: Ley N° 9428 | salario base Ley N° 7337 (Circular 246-2025 del Poder Judicial). Información general, no asesoría contable.

¿Sociedad activa o inactiva?

Aclará tu situación con RumboAI antes de que corran intereses

El monto depende de si la sociedad está inscrita como activa y del tramo de ingresos brutos. Y si hay años sin pagar, hay intereses y hasta riesgo de disolución. Preguntá cómo estás parado.